AL TRIBUNAL DE CUENTAS
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO
DEPARTAMENTO 1º
----------------------------, del
Ilustre Colegio de Abogados de Burgos, con domicilio a efecto de notificaciones
en Burgos --------------------- en representación de --------------------------------------------------------------------
mediante apoderamiento APUD ACTA, en el procedimiento DILIGENCIAS PRELIMINARES
127/2012, ante ese Tribunal comparezco y como mejor procedente sea en derecho.
DIGO:
Que en
relación al procedimiento de referencia, se le dio traslado a --------------------,
para que en el plazo de 10 días, procediera a constituirse en parte en el procedimiento y
ello a tenor de los establecido en los Arts. 56 y 57 de la Ley 7/1988 de 5 de
abril de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Que dentro
del plazo concedido para ello, -------------- se persona en el mismo junto con
otras dos personas que así mismo coadyuvan en la acusación y que mediante el
presente escrito proceden a la personación en los términos que más adelante se
expresará.
PREVIO: Si bien es cierto que la
demanda presentada inicialmente por --------------- abarcaba muchos más hechos
ilícitos y por una cuantía mucho mayor que la que se va expresar en este
escrito, lo cierto es que los limitadísimos
recursos económicos con los que cuentas los denunciantes, les obliga a
seleccionar una serie de hechos y acciones que han producido un quebranto
económico en las arcas públicas, dejando el resto, en manos del propio tribunal,
para su continuación mediante la acción
pública, y su posterior enjuiciamiento sin que mis representados formen parte
de los mismos como acusadores.
PRIMERO: ACTOS ILICITOS POR LOS QUE NOS
PERSONAMOS:
1/ IRREGULARIDADES EN LA JUSTIFICACIÓN DE
SUBVENCIONES OTORGADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE BURGOS, A LA ASOCIACIÓN DE
ASOCIACIONES UNIDAD DE GAMONAL, PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS FIESTAS DE LAS
CANDELAS, DURANTE LOS AÑOS 2008, 2009 Y 2010.
A/ ORGANICACIÓN DE ESPECTÁCULOS DE PAGO.
Durante los
años referidos y tal y como denuncia ---------- en su escrito inicial, por
parte de la Asociación de Asociaciones Unidas de Gamonal, la cual actúa bajo el
nombre de Consejo de Barrio de Gamonal, se organizan una serie de actuaciones
en la Casa de Cultura de Gamonal, cedida gratuitamente por el ayuntamiento, por
las que cobra una entrada, entrada que en su mayoría se fija en 3 euros, si
bien en algunas ocasiones se cobra 1.5 €. El caché de las compañías que actúan
en dichas actividades es presentado, en su totalidad como gasto por la
Asociación al Ayuntamiento, que lo admite como tal, sirviendo los mismos como
justificante de la subvención previamente concedida. El dinero recaudado por
las actuaciones va íntegramente a las arcas de la propia Asociación.
La normativa
municipal, dictada para la concesión de ayudas a la celebración de las fiestas
de los Barrios dice textualmente en su apartado 6 “Las ayudas concedidas serán compatibles con cualquier otra que, para la
misma finalidad reciba el beneficiario procedente de cualquier administración
pública, entes públicos y privados, sin
que en ningún caso la cuantía de los mismas pueda sobrepasar el coste total de
la actividad objeto de la subvención”.
La propia
asociación al presentar la justificación de las mismas, manifiesta
expresamente, faltando a la verdad, que no recibe ningún tipo de ingreso
distinto a la propia subvención municipal. Falta a la verdad, por un lado
porque recauda una gran cantidad de dinero de la venta de entradas en los
espectáculos enteramente patrocinados por el Ayuntamiento, y por otro lado
recibe patrocinio de las Cajas de Ahorro la ciudad al menos en la cartelería de
las fiestas, gasto este que también presenta al Ayuntamiento de Burgos como
subvencionable.
DINERO RECAUDADO POR LA VENTA DE ENTRADAS:
Tal y como ya se refirió -------- en su escrito de denuncia, la Asociación,
consigue llenar el Teatro para prácticamente la totalidad de las actuaciones,
incluso en alguno de los casos en doble sesión.
El teatro de
la Casa de la Cultura de Gamonal, según la información aparecida en las propia
web del Ayuntamiento de Burgos, tiene una capacidad de 497 personas. Como
desconocemos en este momento la totalidad de las entradas vendidas (solo lo
informado por el propio consejo de que llenaban en cada actuación), y como no
sabemos exactamente cuántas entradas se vendieron a 3€ (la mayoría), y cuantas
a 1.5 €, vamos a realizar un cálculo estimado de 400 butacas vendidas a un
precio de 2 € la entrada, lo que haría un cargo en taquilla de 800 € por
sesión.
Año 2008: se
realizaron un total de 3 días de actuaciones con una totalidad de 5 sesiones (1
el día 26/01, 2 el día 01/02 y 2 el día 03/02. Esto hace una recaudación
estimada de 4.000€
Año 2009: Se
realizaron un total 3 días de actuaciones, con una totalidad de 4 siendo una
de ellas su cargo demostrado en taquilla de 1.200 €. (1 el día 21/01; 1 el 04/02;
y 2 el día 01/02. Esto hace una recaudación estimada de 3.600 €.
Año 2010: Se
realizaron un total de 4 días de actuaciones, con una totalidad de sesiones de
6 sesiones (1 el 23/01; 1 el 25/01; 2 el 30/01 y 2 el 31/01). Esto hace una
recaudación estimada de 4.800 €
GASTOS NO SUBVENCIONABLES: Tanto por la
propia normativa de las subvenciones a las que se acoge el Consejo de Barrio de
Gamonal, como por la propia normativa estatal de subvenciones (Ley y reglamento
general de subvenciones). Los gatos en comidas no puedes quedar subvencionados
ni pagados del erario público. De la documentación aportada en su día por ----------,
se puede apreciar que al menos dos comidas de un grupo muy numeroso de personas fueron pagadas por el erario
público:
1/ 2010.
Fiestas de las Candelas. Comida en el Mesón Juan XXIII, por valor de 1920.26€.
2/. 2010.
Fiestas del Barrio Juan XXIII, comida en el Mesón Juan XXIII, por valor de
1.500 €.
El dinero recaudado por las entradas, debería haberse descontado de la
subvención a recibir, Total en los 3 años 12.400 €. Y las comidas deberían
haberse rechazado como subvencionables. Total en comidas 3.420.26 €.
TOTAL PERJUICIO A LAS ARCAS MUNICIPALES POR
ESTE CONCEPTO: 15.820€.
2/ ORGANIZACIÓN POR EL CONSEJO DE BARRIO DE
GAMONAL, DE UNAS JORNADAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA SUBVENCIONADAS POR EL
AYUNTAMIENTO, A TRAVÉS DE LA CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA:
De los 3.500
€ concedidos de subvención se gastaron 1740 euros en la compra de relojes (los
regalos no son subvencionables), y el resto se justificó con facturas de
cartelería (1.760,00 €), que jamás se utilizó ni se vio por ningún lado lo que hace sospechas que se
trata de una factura que no se corresponde con la realidad de lo contratado.
SEGUNDO: De lo anteriormente expuesto
se desprende que el perjuicio causado al Ayuntamiento de Burgos entre los años
2008, 2009 y 2010, asciende la cantidad de
19.320 € (DIEZ Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE EUROS).
TERCERO: PERSONAS CONTRA LAS QUE SE DIRIJE
LA ACUSACIÓN:
1. Asociación
de asociaciones unidas de Gamonal (Consejo de Barrio de Gamonal), como perceptora
de los dinero irregularmente obtenidos, así como las Juntas directivas de la
misma asociación que han existido a lo largo de estos tres años, haciendo
especial mención a D. Carlos Jesús Temiño Cabia, cabeza visible y promotor de
todas las actividades ilícitas realizadas en el seno del Consejo de Barrio, y
que ha sido miembro de pleno derecho en representación de diversas
asociaciones, en todas las Juntas Directivas del referido consejo.
2. D.
Angel Ibañez. Concejal del Ayuntamiento de Burgos en la Concejalía de Hacienda
en los años 2008 a 2010, así como concejal delegado del Ayuntamiento para el
Barrio de Gamonal en esas fechas
3. Concejal
de Festejos del Ayuntamiento de Burgos en los Años 2008 a 2010
4 Interventor
Municipal del Ayuntamiento de Burgos
5. Dña.
Paloma Morón: Técnica Municipal del Ayuntamiento de Burgos, del departamento de
participación ciudadana en entre los años 2008 a 2010 (por la cantidad de 3.500
€ en relación con la subvención de las jornadas de participación ciudadana.)
6. Concejal
de Participación ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Burgos entre los años
2008 y 2010. (por la cantidad de 3.500, en relación con la subvención de las
jornadas de participación ciudadana.
CUARTO: NORMATIVA INFRINJIDA
1.Ley 38/2003 de 17 de Noviembre. Ley General de
Subvenciones
2.
Real Decreto 887/2006 de 21 de julio. Reglamento de
la Ley General de Subvenciones
3.Normativa del Excmo. Ayuntamiento de Burgos que regula la concesión de subvenciones para la celebración de las fiestas de los Barrios de Burgos
3.Normativa del Excmo. Ayuntamiento de Burgos que regula la concesión de subvenciones para la celebración de las fiestas de los Barrios de Burgos
4. Normativa Municipal del Excmo. Ayuntamiento de
Burgos por la que regula la concesión de subvenciones.
Por lo
expuesto:
SUPLICO AL TRIBUNAL: Sirva admitir este
escrito, y tenernos por personados como acusación, en la cantidad de 19.320 €, estimada
inicialmente, a expensas de cuantificación final de lo que resulte probado en
el procedimiento judicial por alcalde a seguir en el presente caso y contra las
personas referidas en el presente escrito y ello con todo lo demás que sea de
Justicia hacer en derecho.
OTROSI DIGO: Que teniendo en cuenta,
que esta parte solo se persona por una parte de los hechos denunciados por --------------
en su escrito inicial, solicitamos al Tribunal, continúe la acción pública de
investigación por el resto de los hechos no concretados en el presente escrito.
SUPLICO AL TRIBUNAL: proceda a
continuar su investigación mediante acción pública por los hechos denunciados
inicialmente y que no han sido objeto de concreción en el presente escrito y
ello con todo lo demás que sea de justicia hacer en derecho.
Es justicia
que pido en Madrid a 3 de septiembre de 2012.