La Junta cierra la hostelería en interiores, centros comerciales y
gimnasios durante dos semanas al declarar Burgos en nivel 4
extraordinario por el aumento de contagios
La Junta apuesta por la
prevención y la anticipación con la extensión de medidas excepcionales a
toda la Comunidad para frenar el avance de la tercera ola de la
pandemia. El gabinete de crisis frente a la COVID propondrá mañana en un
Consejo de Gobierno extraordinario medidas excepcionales de nivel 4
para toda Castilla y León.
burgosnoticias.com
| 11/01/2021 - 19:49h.
Ante el incremento vertiginoso de la incidencia acumulada
(I.A.) a siete días, cinco veces superior a la incidencia de la semana
de Navidad, se ha decidido reforzar la campaña de vacunación si está
garantizado el suministro; continuar con los cribados masivos; y
extender a todas las provincias las actuales restricciones adicionales
vigentes en Ávila, Palencia y Segovia.
En este contexto, la vacuna, además de un hito científico
histórico, se vislumbra como el camino para superar el reto pandémico y,
en ese sentido, la Comunidad de Castilla y León está inmersa en el
desarrollo de su Estrategia de vacunación frente a la COVID-19, la cual
se está llevando a cabo de acuerdo con lo establecido para el conjunto
del Sistema Nacional de Salud.
De esta manera, desde que se comenzase a vacunar el pasado
27 de diciembre, la Comunidad está administrando la pauta vacunal frente
al nuevo coronavirus SARS-CoV-2 al primero de los grupos prioritarios
indicados por el Consejo Interterritorial: el compuesto por personas
residentes en centros de atención a la Tercera Edad y a la Dependencia.
La vacunación de este grupo población de especial riesgo
avanza a un ritmo muy destacable y, según el registro de vacunaciones de
Castilla y León, a fecha 11 de enero, ya se había vacunado con la
primera de las dos dosis necesarias 36.229 personas (Ávila, 2.439;
Burgos, 5.602; León, 6.087; Palencia, 3.711; Salamanca, 5.453; Segovia,
1.206; Soria, 2.253; Valladolid 6.563; y Zamora, 2.915)
Hoy, de acuerdo con la planificación prevista por el
Ministerio de Sanidad, se ha llegado un nuevo envío semanal de la vacuna
de Pfizer-BioNTech, por ahora la única disponible, consistente en otras
25.350 dosis, si bien, por problemas logísticos relacionados con el
temporal de nieve, las provincias de Ávila y Segovia recibirán sus
remesas vacunales mañana.
La llegada de este tercer envío ministerial -cuyo reparto en
cada una de las provincias castellanas y leonesas es el siguiente:
Ávila, 1.950 dosis; Burgos, 4.875; León, 3.900; Palencia, 2.950;
Salamanca, 2.950; Segovia, 975; Soria, 975; Valladolid, 4.875; y Zamora,
1.950- va permitir a la comunidad mantener el buen ritmo de vacunación
entre los integrantes del primer grupo prioritario, de manera que en
breves fechas se podrá comenzar a administrarles la segunda de las
dosis, una vez cumplidas las tres semanas previstas entre una y otra
inoculación.
El avance de la Estrategia de vacunación frente a la
COVID-19 en Castilla y León en este segmento socialmente vulnerable a la
enfermedad es paso inmediato para comenzar a vacunar al segundo de los
grupos definidos en el Sistema Nacional de Salud, el de los
profesionales sanitarios, especialmente los de primera línea
asistencial.
Por otra parte, la Junta está reforzando la detección precoz
de contagios por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, con el fin de
diagnosticar personas asintomáticas o con sintomatología leve que puedan
constituirse como focos de transmisión de la enfermedad y origen de
brotes de amplia extensión.
Con el fin de lograr la mayor detección precoz posible, más
en un contexto de tercera onda pandémica vinculada a las recientes
celebraciones navideñas, la Autoridad sanitaria autonómica desarrolla en
zonas básicas de salud y municipios en los que se presentan elevados
indicadores de contagios e incidencia acumulada, test de antígenos de
segunda generación.
En este sentido y a los que se ya han venido desarrollando
en varias localidades castellanas y leonesas en las últimas fechas, se
prevé esta semana se sumen nuevos cribados poblacionales en Santa María
del Páramo (León), Cervera de Pisuerga y Saldaña (Palencia) y Cantalejo
(Segovia); además se está en contacto con las universidades de la
Comunidad para que los integrantes de sus comunidades educativas testeen
su situación sanitaria frente la COVID-19 al reincorporarse a las
clases tras las vacaciones y con empresas castellanas y leonesas para el
mismo objetivo en sus plantillas.
La labor preventiva y de detección precoz de la pandemia en
Castilla y León precisa, asimismo, de instrumentos que permitan la
adopción de intervenciones que, de forma restrictiva y ante la
naturaleza de la gravedad de la situación pandémica, den respuesta a las
necesidades de control y limitación social necesarios para la reducción
de contagios y brotes epidemiológicos.
Para ello, el gabinete de crisis frente a la pandemia
reunido esta tarde propondrá al Consejo de Gobierno que de forma
extraordinaria se celebrará mañana medidas excepcionales para la
contención de la COVID-19 en Castilla y León, medidas que refuerzan el
actual nivel 4 de alarma sanitaria vigente en la Comunidad ante la
negativa evolución epidemiológica y asistencial que reflejan los datos y
criterios sanitarios en territorio autonómico castellano y leonés
durante los últimos días
La incidencia acumulada semanal se ha disparado, con la
mayor velocidad de subida de España y una I.A. cinco veces superior a la
de la semana de Navidad; además, se puede que desde el 1 de enero se ha
iniciado en nuestra Comunidad la tercera onda pandémica.
Por ello la propuesta del comité de crisis es que toda la
Comunidad pase de esta forma a este estadio agravado frente a la
pandemia, sumándose las provincias de Burgos, León, Salamanca, Soria,
Valladolid y Zamora a esta situación ya vigente en Ávila, Palencia y
Segovia.
La Junta responde así a los últimos informes sanitarios y de
la evolución de los indicadores pandémicos en Castilla y León, que
expresan una situación de riesgo extremo, con transmisión comunitaria no
controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2 que excede las
capacidades del sistema sanitario.
La adopción de restricciones conllevará beneficios a corto,
medio y largo plazo, tales como la limitación de contagios y de
hospitalizaciones en plata y UCI, descenso de la mortalidad, reducción
de la paralización de recursos sanitarios, afectaciones a la gestión de
las listas de espera de otras patologías,...
Estas medidas extraordinarias y su puesta en marcha tienen
su fundamentación normativa en el Acuerdo 76/2020, por el que se
establecen los niveles de alerta sanitaria en Castilla y León y se
aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a
la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad.
Su entrada en vigor se ha establecido para las 00:00 h del
próximo miércoles, 13 de enero y el período de vigencia inicialmente
establecido es de catorce días, hasta las 23:59 h del 26 de enero, si
bien la Consejería de Sanidad evaluará de forma continua la situación
sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de las medidas vigentes
a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales,
sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas,
modificadas o levantadas en función de su evolución.
La adopción de medidas extraordinarias supone un
reforzamiento de las iniciativas para la prevención y contención
pandémica indicadas en el nivel 4 de alarma sanitaria, con especial
atención al control de aforos y de la movilidad y actividad social en
sectores en los que se observa una mayor interacción relacionada con
nuevos brotes y contagios y sobre los que la Administración autonómica
sí dispone de capacidad competencial reguladora.
Estas acciones ahora aprobadas de agravamiento del nivel 4
ante la actual situación por la COVID-19 en la Comunidad se centran en:
- Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos
comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley
de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014,
de 28 de agosto, con las siguientes excepciones: Establecimientos
comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de
primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas
veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería,
combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de
telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías,
tintorerías y lavanderías y sucursales bancarias, así como
departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se
puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.
Establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de
superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde
el exterior. Los establecimientos, instalaciones y locales deberán
exponer al público el aforo máximo, en el que están incluidos sus
trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se
respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que
permitan el recuento y el control de aforos. No se permite en ningún
caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de
descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos
comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como
parques infantiles o similares. La permanencia en los establecimientos
cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para
que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos,
quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los
propios establecimientos. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se
controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la
distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.
- Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores,
permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4,
con las siguientes excepciones: Servicios de entrega a domicilio o
recogida en el establecimiento o en vehículo. Los restaurantes de los
hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos
siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que
también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el
establecimiento. Los servicios de restauración integrados en centros y
servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las
actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los
servicios de comedor de carácter social. Otros servicios de restauración
en centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los
servicios de restauración en centros de trabajo, destinados a las
personas trabajadoras. Los servicios de restauración de los
establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o
descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de
posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de
la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades
imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte
de mercancías o viajeros.
- Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas
convencionales y centros deportivos para la realización de actividad
física no oficial y no federada, que no sean al aire libre. Se suspende
la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional
de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus
entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de
competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales
regulares de ámbito estatal. No se permite la asistencia de público a
ningún evento deportivo.
- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una
forma más específica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la
Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales
responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado
frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de
seguridad y la limitación a un máximo de seis personas en reuniones
familiares y sociales.
La Comunidad asimismo mantiene, en el marco temporal
establecido por el Real 926/2020, la limitación indefinida de la
entrada y la salida de personas del territorio castellano y leonés, con
las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la
Presidencia de la Junta, así como el toque de queda entre las diez de la
noche y las seis de la mañana.
Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir con medidas
sanitarias preventivas establecidas para la contención de la pandemia,
pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de
conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el
régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de
prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis
sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
El seguimiento y control de las intervenciones que supone el
paso al nivel 4 de alerta sanitaria por la COVID-19 en la Comunidad se
desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de
Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades
estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de
distribución competencial previsto, la vigilancia, inspección y control
de su cumplimiento.
Asimismo la Junta de Castilla y León recabará la cooperación
y colaboración de la Delegación del Gobierno, de las subdelegaciones y
de los ayuntamientos castellanos y leoneses para el control y aplicación
de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad
del Estado y de las policías locales.
Fuente: burgosconecta.com