José Miguel González: Una reforma que acaba con los contratos indefinidos
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El empleo es consecuencia del crecimiento económico. En este
sentido, las normas laborales que acompañan a la estructura económica
pueden ocasionar una mejora en las cifras de empleabilidad o, por el
contrario, generar un crecimiento importante en el paro, siendo éste el
efecto que la actual legislación laboral va a provocar, teniendo en
cuenta que, actualmente, el PIB decrece debido, principalmente, a la
importante falla que tiene en el consumo privado, estando éste
correlacionado con el nivel de renta de la demanda que a su vez basa su
solvencia en los salarios y la estabilidad en el puesto de trabajo.
Analizando de forma pormenorizada el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de
febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, se
pueden extraer unas interesantes, no tanto conclusiones sino
consecuencias. En primer lugar la reforma no generará ni más empleo, ni
más cohesión social. El efecto inmediato será el de la eliminación de la
población ocupada con contrato indefinido ordinario con mayor
antigüedad que, de forma progresiva, será sustituida por contratos
bonificados que, en el caso de ser éstos indefinidos, se encontrarán con
un periodo de prueba cercano al año. Dicha sustitución es segura y
rentable para las empresas debido a que disminuye en un 80% el coste de
la indemnización por despido, debido a que es seguro que se apostará por
la procedencia del despido, el cual se sostiene sobre una indemnización
de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. El
procedimiento se basa en que dicha procedencia se sostiene, ya no sobre
una situación económica de pérdidas continuadas, sino previstas. De
igual modo, sin necesidad de argumentar dichas pérdidas, el despido
puede ser avalado a través de la acreditación de una falta o disminución
de beneficios o facturación. Sin necesidad de ingeniería fiscal y
financiera especial, a través de la utilización de criterios de caja en
lugar de devengo o de provisionar beneficios y no llevarlos a pérdidas y
ganancias o incrementar los aprovisionamientos en determinados
trimestres escogidos o diferir el cobro respecto al gasto,? las
condiciones económicas de un despido barato estarán legalmente
respaldados. Es decir, en definitiva se subvenciona el despido. De igual
modo, no se establece un marco adecuado de mejora e incentivación de la
actividad económica sobre la base de reformas que afecten a la
estructura fiscal de la pymes, ni a la utilización de las cotizaciones
sociales indexándolas proporcionalmente de forma inversa a la duración
de los contratos que permita la creación neta de horas de trabajo. Pero
todavía hay peores consecuencias, sobre todo las referenciadas a la
negociación colectiva. Se permite que la empresa modifique las
condiciones de trabajo en el ámbito de la empresa todos los días, si así
se quiere, tanto salariales, funcionales o de cualquier otra naturaleza
sin necesidad de mayores argumentos, eliminando las garantías sobre el
cumplimiento de los derechos adquiridos en los convenios sectoriales,
que son los que determinan las condiciones de trabajo a casi el 90% de
la clase trabajadora. Esta personalización e individualización de las
condiciones de trabajo no hará sino judicializar las relaciones
laborales. En definitiva, se facilita el despido, se hace más rápido y
barato, se institucionaliza la temporalidad y se cuestiona el valor
social de la negociación colectiva y todo eso ¿a cambio de qué? De
empleo es seguro que no.
Cohesión. "La reforma no generará ni más
empleo, ni más cohesión social. El efecto inmediato será el de la
eliminación de la población ocupada con contrato indefinido ordinario
con mayor antigüedad".
Fuente: Diario de Las Palmas.