Suspensión Judicial Protocolos de Gestión Compartida del SAS
Viernes, 26 Julio, 2019 - 10:51
El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (CACM) planteó en junio de
2018 un recurso en el que solicitaba la nulidad de los llamados
Protocolos de Gestión Compartida de la demanda aguda no demorable del
Servicio Andaluz de Salud, mediante los cuales se atribuían las
competencias médicas de diagnostico y tratamiento a los profesionales de
la enfermería.
Estos protocolos fueron publicados por el anterior Gobierno de la
Consejería de Salud. Por su parte, el actual Gobierno de la citada
consejería se encuentra en trámites de resolución del conflicto con el
Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, dando el primer paso con la
retirada de dichos protocolos de la pagina web del Servicio Andaluz de
Salud, ya que la nueva administración considera la necesidad de respetar
las competencias profesionales para la adecuada prestación asistencial
de los pacientes.
El Juzgado de los Contencioso Administrativo Número 1 de Sevilla ha
dictado auto mediante el que accede a la medida cautelar solicitada por
el CACM solicitando la suspensión de los protocolos. El auto acoge los
fundamentos y motivos acreditados, como son que estos protocolos se han
dictado al margen de la competencia y prescindiendo del procedimiento
legalmente establecido, atribuyendo competencias exclusivas de los
médicos a los enfermeros, pudiendo producir daño a la salud pública de
imposible o difícil reparación. Tanto desde el punto de vista
profesional, por atribuir funciones propias de los médicos a los
enfermeros, como a los pacientes por ponerse en riesgo su derecho a la
asistencia médica para la protección de su salud.
Asimismo, el Juzgado afirma que los protocolos facultan a los
enfermeros y enfermeras a prestar una asistencia no solo colaborativa,
sino también finalista, lo que implica que sean estos profesionales los
que: “inicien y finalicen dicho procedimiento, diagnosticando y
prescribiendo tratamiento medico sin la intervención del correspondiente
facultativo medico”.
En definitiva, acuerda la suspensión de los Protocolos de Gestión
Compartida concurriendo los requisitos legales de apariencia de buen
derecho y peligro de demora, considerando que ciertamente nos
encontraríamos ante una vía de hecho. Asimismo el Juzgado motiva esta
decisión afirmando que con la medida interesada “en todo caso la
asistencia médica estaría asegurada” por ser el derecho a la salud de
los pacientes el que se encuentra comprometido.
El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos y la profesión médica
manifiesta gran satisfacción en esta medida judicial por cuanto
garantiza el derecho de los pacientes andaluces a ser atendidos por un
médico cuando acudan con esa necesidad al Servicio Andaluz de Salud.
En el siguiente enlace tienes el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Sevilla.
Fuente: Colegio oficial de médicos de Almería