El Gobierno atiende la petición de CEOE y da otra vuelta de tuerca a la reforma laboral
El Real Decreto ómnibus que entró en vigor el sábado escondía
sorpresas como el endurecimiento a las demandas individuales en caso de
ERE.
Se acota la documentación a aportar por parte de las multinacionales para que aleguen causas económicas y se merma la representación de todos los trabajadores.
Se acota la documentación a aportar por parte de las multinacionales para que aleguen causas económicas y se merma la representación de todos los trabajadores.
B. Carreño
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del sábado 3 de
agosto, probablemente uno de los menos consultados de todo el año,
estaba trufado de sorpresas. El Gobierno lanzó antes de irse de
vacaciones un Real Decreto ómnibus con todo tipo de medidas, desde las
tasas de Aena a las ayudas a las víctimas de accidentes, o las
condiciones para demandar un despido colectivo. Este último punto es una
llamativa, y silenciosa, vuelta de tuerca a la reforma laboral que
atiende en gran parte a las demandas de la patronal y las
multinacionales, al limitar las condiciones de demanda por parte de los
trabajadores.
El jefe de los empresarios españoles, Juan Rosell lo tenía muy claro cuando recientemente pidió que se introdujeran cambios
en las leyes concernientes a la reforma laboral para evitar que "los
jueces puedan interpretar, los jueces están para juzgar, decir que sí o
que no". En opinión de Rosell, "la judicatura no tiene que interpretar"
la ley por lo que en estos meses ha estado pidiendo que la norma sea
"más fácil, de forma que no haya posibilidad de interpretación". Y en
este sentido se han modificado las fórmulas para acogerse o denunciar
despido colectivo que la ministra de Empleo, Fátima Báñez, rubricó el
pasado viernes pese a asegurar, en rueda de prensa, que los cambios en la ley serían mínimos.
Los cambios aprobados por el Gobierno y que entraron en vigor ayer
mismo tienen tres grandes ejes: por un lado, limitan la comisión
negociadora de los Expedientes de Regulación de Empleo, por otro
minimizan la posibilidad de que un trabajador pueda recurrir la causa de
su despido tras haber sido expulsado en un ERE y, por último, la
posibilidad de que las multinacionales no presenten sus cuentas
completas a la hora de alegar causas económicas de despido. Este último
punto es una verdadera liberación para las grandes compañías que han
planteado potentes ERE en España y que tenían riesgo de ser anulados al
tener beneficios en el conjunto del conglomerado empresarial. Algunos
ejemplos de empresas que han presentado grandes ERE en España son
Vodafone, HP, Bridgestone, Cemex, Alcoa, Ericsson, ProterandGamble,
Unilever y un largo etécetera que podría afectar incluso a las empresas
del motor.
Para UGT este cambio supone que los grupos empresariales, pese a tener
beneficios, se podrán acoger a una norma laboral pensada para empresas
en crisis, lo que considera una "invitación" para seguir despidiendo.
Así las cosas, las empresas extranjeras tendrían una ventaja comparativa
frente a las españolas al no tener que presentar sus cuentas conjuntas.
En el caso de empresas que tienen gran parte de negocio en el exterior,
Telefónica, BBVA, Santander o las constructoras, el agravio comparativo
es claro.
El catedrátido de Derecho del Trabajo de la Universidad Autónoma de
Barcelona Eduardo Rojo, lamenta que con las nuevas correcciones, Empleo
"ha acogido buena parte de las peticiones realizadas desde los bufetes
vinculados al mundo empresarial y que han llevado ante los tribunales
superiores de justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, los
conflictos planteados". Rojo lamenta también que la mayor parte de
estos cambios se han hecho en aras de una pretendida "seguridad
jurídica", que en realidad solo beneficia a la parte empresarial.
Además, pone en tela de juicio la constitucionalidad de alguno de los
cambios, como el de que el trabajador tenga muy limitada su capacidad
individual de recurrir un despido colectivo.
Hasta el pasado viernes, un trabajador despedido podía presentar una
demanda a título individual que abriera, por ejemplo, las causas de
despido para estudiar si las razones alegadas eran ciertas, hubiera sido
firmado o no el ERE por empresa y trabajadores. Según los empresarios,
esto abría la incertidumbre jurídica. Ahora, la reforma cierra la puerta
a esta posibilidad cuando hay una demanda interpuesta por los
representantes de los trabajadores (demanda por despido colectivo). Si
el trabajador presenta después una demanda individual tendrá que esperar
a la resolución colectiva ya que tendrá consideración de "cosa
juzgada".
Para Ramón Górriz, secretario de Acción
Sindical de Comisiones Obreras, los cambios acometidos por el Ejecutivo
"refuerzan el poder empresarial, profundizando el desequilibrio en las
relaciones laborales que la reforma impulsó, para facilitar los
despidos”. En este sentido, para CCOO, la nueva norma facilita el
despido como la primera opción frente a otras alternativa gracias a que
prima la decisión empresarial sobre la propia autoridad administrativa y
sobre la tutela judicial de los despidos, al restringir los casos de
nulidad de los ERE que suponen la reincorporación de la plantilla a sus
puestos de trabajo.
El abogado laboralista, Fabián Valero, también tiene sus dudas sobre la
constitucionalidad de esta medida que, recuerda, limita la tutela
judicial efectiva. Valero, uno de los abogados que ha luchado con más
ahínco contra las tasas judiciales instauradas por el ministro Alberto
Gallardón, asume que esta es una medida más que se viene a sumar a la
indefensión de los españoles al uso de la Justicia.
También algunas fuentes lamentan las restricciones en las comisiones
negociadoras, que concentran la negociación en un centro de trabajo y
acotan mucho la representación de los trabajadores (como máximo puede
tener 13 miembros cuando hasta ahora era libre). Lamentablemente, esto
estará en perjudicio de los trabajadores que realicen su labor en
centros pequeños de grandes empresas, cuya comisión estará en la matriz y
puede tender a defender los derechos de estos trabajadores. Asímismo
aumenta el poder de algunas empresas con sindicatos amarillos, esto es,
que son siempre favorables a las decisiones de la cúpula empresarial.
Fuente: eldirio.es