¿Se avecinan cambios en el IVA superreducido? Medicamentos, pan y
huevos podrían subir
Todo apunta a que habrá más cambios con el IVA, de acuerdo con las últimas
declaraciones procedentes del Gobierno. Tras la subida del pasado mes de julio,
Bruselas ha insistido en que hay margen para nuevas medidas relacionadas con
este impuesto que grava al consumo y Moncloa parece estar cada vez más dispuesta
a pasar por el aro. ¿Cómo? Modificando los productos a los que se aplica el tipo
superreducido, del 4%.
En concreto, el Gobierno estaría analizando la posibilidad de pasar algunos
bienes y servicios sobre los que actualmente se aplica el tipo más bajo, el
superreducido, con el objetivo de ampliar las bases imponibles del impuesto.
De esta forma, elevaría la recaudación y cumpliría con la recomendación de la
Comisión Europea sin tener que anunciar una subida del tipo general, que ya elevó
en julio de 2012 hasta el 21% desde el 18% anterior.
Primera necesidad
Este "margen de maniobra" al que se refiere el Ejecutivo europeo y que está
ahora bajo la lupa del equipo de Rajoy incide directamente sobre los productos
llamados de primera necesidad, después de que en la reforma impositiva del
pasado verano el Gobierno retirase de este epígrafe el material escolar y la
compra de vivienda.
Es decir, en esta lista se incluyen pan, leche, huevos, frutas, verduras,
hortalizas, cereales y quesos. También se benefician los libros, periódicos y
revistas no publicitarios o las viviendas de protección oficial.
Llegados a este punto, las dudas que se plantean son, en primer lugar qué
productos quedarían afectados por este posible cambio y, en segundo lugar, cuál
sería el nuevo tipo que se les aplicaría. Es decir, si se elevaría el IVA
hasta el 21% del tipo general o se gravarían con el reducido, que también se ha
incrementado del 8% al 10% actual.
Al respecto, el ministro de Industria, Jose
Manuel Soria, ha dado una pista hoy. "De lo que se está hablando es de
que algunos productos que tributan en el tipo superreducido y que en
otros países no tributan a ese tipo, pasen a tributar al mismo tipo que lo están
haciendo en otros países", ha explicado.
Otra pista, pero sobre cuándo podría realizarse esta reforma
impositiva la dio ayer Rajoy,
al afirmar que prevé tenerla cerrada en 2014.
A la espera de la decisión del Gobierno, esta es la relación de bienes y
servicios que a día de hoy
se mantienen con IVA superreducido.
Productos:
1. El pan común, las harinas panificables, la leche natural, certificada,
pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo;
los quesos, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres,tubérculos y
cereales.
2. Los libros, periódicos y revistas que no contengan única o
fundamentalmente publicidad y, elementos complementarios que se entreguen
conjuntamente. Se incluyen los álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo,
excepto los artículos y aparatos electrónicos.
3. Medicamentos para uso humano, sustancias medicinales, formas galénicas y
productos intermedios utilizados en su obtención.
4. Los vehículos para personas con movilidad reducida y las sillas de ruedas
para su uso exclusivo. Vehículos a motor que transporten habitualmente a
personas con discapacidad en sillas de ruedas o con movilidad reducida.
5. Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad.
6. Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción
pública, cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los
garajes (con un máximo de dos unidades), y anexos situados en el mismo edificio
que se transmitan conjuntamente.
Servicios:
1. Los servicios de reparación de los vehículos para personas con movilidad
reducida y de las sillas de ruedas. Servicios de adaptación de los autotaxis y
autoturismos y de los vehículos a motor, para transportar personas con
discapacidad.
2. Los arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial
de régimen especial o de promoción pública, incluidas las plazas de garaje, con
un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se arrienden
conjuntamente.
3. Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de
noche, y atención residencial en plazas concertadas o mediante precios derivados
de un concurso administrativo o consecuencia de prestación económica que cubra
más del 75% del precio.
Fuente: elEconomista.es