Los funcionarios podrán ampliar su jornada laboral por la tarde y tendrán tres 'moscosos' en 2013
Europa Press
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado
la resolución que regula la ordenación de tiempo de trabajo del personal
al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos, en la que se fija para el año 2013 la jornada de 37 horas y
media horas semanas como mínimo.
El horario fijo de
presencia en el puesto de trabajo será de 9,00 a 17 horas, de lunes a
jueves, con una interrupción para la comida que no computará como
trabajo efectivo y que será como mínimo de media hora, y de 9,00 a 14,30
los viernes.
El resto de la jornada, hasta completar las 37 horas y media o las 40
semanales, según el régimen de dedicación, se realizará en horario
flexible entre las 7,30 y las 9,00 horas y entre las 17 y las 18 horas,
de lunes a jueves, y entre las 7,30 y las 9,00 y entre las 14,30 y las
15,30 los viernes.
En el caso de jornada de mañana, el horario fijo de presencia en el
puesto de trabajo será de 9,00 a 14,30 horas de lunes a viernes. El
tiempo restante hasta completar la jornada semanal se realizará en
horario flexible, entre las 7,30 y las 9,00 de lunes a viernes y entre
las 14,30 y las 18,00 de lunes a jueves, así como entre las 14,30 y las
15,30 horas los viernes.
La orden ministerial publicada en el BOE establece que la
interrupción mínima para la comida, en la jornada de mañana y tarde,
pase de una hora a media como mínimo. Hasta ahora un empleado público
aunque invirtiera un tiempo menor tenía que hacer una pausa obligatoria
de una hora. "Al reducirse ese margen, se facilita que la jornada
finalice, los días que el empleado precise utilizar menos tiempo para la
comida, media hora antes, a fin de acercarnos progresivamente a
horarios europeos más racionales" explica Hacienda en un comunicado.
Además, se fija que al menos la mitad de las vacaciones habrán de
ser disfrutadas entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, con lo que
se concentra, tal y como destaca Hacienda, una parte de las vacaciones
en el período de menor actividad en la Administración, "al tiempo que se
permite que otra parte pueda disfrutarse en períodos distintos".
También se reduce de seis a tres el número de días de asuntos
propios, los conocidos 'moscosos'. Dichos días podrán acumularse a los
días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.
La nueva regulación permite que hasta cinco días de las vacaciones
anuales puedan disfrutarse de forma individual o independiente a lo
largo del año. Hasta ahora sólo se podrían disfrutar en periodos de al
menos cinco días y posibilitando que puedan unirse a los días de libre
disposición.
Reducción del salario por bajas
El BOE
también publica hoy la orden sobre ausencias por enfermedad o accidente
que no den lugar a incapacidad temporal para el personal de la
Administración General del Estado y que establece que los empleados
públicos verán descontada la mitad de su sueldo a partir del quinto día
de baja aunque cuenten con un justificante médico.
Según establece la Ley General de la Seguridad Social, el
trabajador puede ausentarse por enfermedad de su puesto de trabajo
durante tres días antes de causar baja.
El Gobierno fijó en el decreto en vigor desde el 15 de julio que los
empleados verían reducido su salario en un 50% entre el primer y tercer
día de baja y que éste no superaría el 75% de lo que vinieran
percibiendo hasta el vigésimo día.
Con posterioridad, una enmienda de los 'populares' a los Presupuestos
para 2013 venía a estrechar aún más el cerco contra el absentismo en la
AGE y señalaba que en casos de ausencias por enfermedad o accidentes
que no den lugar a situación de incapacidad temporal también se
producirá un descuento del 50% del sueldo por cada uno de estos días.
Si bien, la misma enmienda disponía que en el caso de la
Administración General del Estado, organismos y entidades de
dependientes de la misma y órganos constitucionales, este descuento no
se aplicará cuando el número de días de ausencia no superase "la cifra
que se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas y con los requisitos y condiciones
determinados en la misma".
Ese número tope de ausencias por enfermedad se ha fijado en cuatro
días, con lo que a partir del quinto una gripe o un accidente doméstico
puede llevar a un empleado de la AGE a perder la mitad de su salario de
ese día.
En el capítulo de conciliación, los empleados que tengan
discapacitados a su cargo hasta el primer grado de consanguineidad o
afinidad, podrán disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria
sobre el horario fijo. Antes, esta posibilidad sólo se contemplaba para
empleados con hijos con discapacidad.
El Ministerio de Hacienda destaca en un comunicado que "se refuerzan
los mecanismos de seguimiento y control, favoreciendo un ejemplar
cumplimiento de la jornada y horario, a fin de que conductas
individuales no perjudiquen la imagen de un colectivo cumplidor y
dedicado siempre al servicio al ciudadano".
Además resalta que se impulsa la participación de los
representantes de los empleados públicos en la determinación de los
calendarios laborales.
Fuente: elEconomista.es